YOUR SOLUTION
  LOPD
 








LOPD
 


¿Qué es la Protección de Datos de Carácter Personal?

Es un derecho fundamental de las personas físcas, que buscan proteger su intimidad y su  privacidad frente a las vulneraciones que pueden proceder de la recogida y almacenamiento de sus datos personales por empresas o entidades. Derivados de dicho derecho fundamental, el Ordenamiento Jurídico español, y el de la Comunidad Europea, reconoce a las personas una serie de derechos en relación con sus datos personales que las empresas deben respetar, e impone una serie de obligaciones formales y sustantivas que dichas empresas deben cumplir.

¿Qué son los datos de carácter personal?

Constituye un dato de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas o identificables, tanto la relativa a su identidad (nombre, apellidos, domicilio, filiación, etc..) como la relativa a su existencia y ocupaciones (estudio, trabajo, enfermedades, etc...). Sólo pues los datos de personas físicas y no en cambio los datos de personas jurídicas, como empresas, sociedades, etc...

¿Qué son los ficheros de datos personales?

Todo conjunto organizados de datos de carácter personal, cualquiera que sea la forma o modalidad de creación, almacenamiento, organización y acceso, constituye lo que la ley llama fichero. Esto significa que la ley no afecta sólo a los datos tratados electrónicamente (bases de datos informáticas), sino también los almacenados en papel.

¿Puedo como empresario crear y mantener ficheros de datos personales?

SI,
  el Ordenamiento Jurídico español, contempla como una actividad lícita la creación y conservación de ficheros de titularidad privada que contengan datos de carácter personal, siempre que ello resulte necesario para el logro de la actividad u objeto legítimo de la empresa, y cumpla adecuadamente las obligaciones que la ley impone.Cuando la finalidad para lo que fueron creados se vea cumplida, los ficheros deben ser cancelados.


EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

¿Qué es?

La ley entiende por tratamiento de datos de carácter personal cualquier operación y procedimiento técnico, de carácter automatizado o no, que permita su recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación  así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.
Las operaciones de tratamiento más habituales son:

- La recogida organizada de datos
- La conservación y mantenimiento actualizado y exacto de los datos
- La cesión de los datos a otras personas o entidades

¿Qué diferentes personas intervienen en el tratamiento?

- El responsable del fichero
- El afectado o interesado
- El encargado del tratamiento

¿Quién es el responsable del fichero?

Es responsable del fichero la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento. Podrá ser la empresa como tal o el empresario individual si es persona física.

El responsable del tratamiento será el obligado a cumplir con los deberes de inscripción del fichero , informar a los afectados, recabar el consentimiento, permitir el ejercicio de derecho a los titulares, asegurar el secreto  y confidencialidad de los datos y garantizar la seguridad de los mismos.

¿Quién es el encargado del tratamiento?

Es la persona física o jurídica que trate los datos personales por cuenta del resposable del tratamiento.


ACCESO A DATOS POR CUENTA DE TERCEROS

¿Qué es?

Consiste en permitir y facilitar a un tercero ajeno a la empresa el acceso y el tratamiento de datos personales incluidos en ficheros de los que sea responsable, con la finalidad exclusiva de la prestación de un servicio por ese tercero a la empresa responsable del fichero.

¿Qué necesito?

La realización de tratamiento por cuenta de terceros debe estar regulada en un contrato que deberá constar por escrito  o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciendose expresamente que:

- El encargado del tratamiento sólo tratará los datos según las instrucciones del responsable
- No lo aplicará con fines distintos, ni los comunicará a terceros
- Las medidas de seguridad que debe adoptar

En el caso de que el encargado del tratamiento quiera subcontratar algún servicio que suponga el acceso a los datos a un tercero, deberá contar con el expreso consentimiento del responsable del fichero, consentimiento que deberá quedar establecido en el contrato.

- Bien formalizándose un contrato a tres bandas
- Bien a través de una cláusula contractual que recoja el expreso mandato del responsable del fichero al encargado del tratamiento para la  subcontratación del servicio

 

   

Más información
https://www.agpd.es

 

 
 
  7 visitantes  
 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis